Guía de registro de jornada
Resumen de las Principales Novedades de la Ley y Guía de Registro de Jornada:
La nueva ley y guía de registro de jornada, publicada por el Ministerio de Trabajo, establece una serie de requisitos fundamentales que las empresas deben seguir para garantizar el cumplimiento de la normativa laboral. Las principales novedades son:
- Obligación de Registro Diario:
Las empresas deben asegurarse de que todos los empleados registren su jornada laboral diariamente, especificando la hora de inicio y finalización de la jornada. Este registro debe ser accesible tanto para los trabajadores como para la inspección de trabajo. - Acceso y Transparencia:
Los empleados tienen derecho a acceder a su registro horario. Además, las empresas deben poner a disposición de las autoridades competentes los documentos relacionados con el control de jornada cuando lo soliciten. - Duración y Condiciones del Registro:
El registro debe mantenerse durante un período mínimo de 4 años, y debe realizarse de manera continua y regular. Este requisito implica un esfuerzo adicional para las empresas, que deben garantizar la correcta conservación de estos registros. - Posibles Sanciones por Incumplimiento:
Las empresas que no cumplan con estas obligaciones pueden enfrentarse a sanciones administrativas. Las multas por el incumplimiento del registro adecuado pueden oscilar entre 60€ y 187.515€, dependiendo de la gravedad de la infracción. - Excepciones:
Existen excepciones para ciertos sectores y tipos de empleo, pero la mayoría de las empresas deben adaptarse a la nueva normativa, asegurando la transparencia y trazabilidad de las horas trabajadas. - Fomento del Uso de Tecnología:
Se recomienda el uso de herramientas digitales, como Ecotime, para facilitar el registro de jornada de forma eficiente y conforme a la ley. Estas soluciones tecnológicas permiten a las empresas automatizar el proceso de registro, asegurando tanto el cumplimiento legal como la protección de los derechos de los empleados.
GUÍA: https://www.mites.gob.es/ficheros/ministerio/GuiaRegistroJornada.pdf
Tabla de Sanciones Laborales por Incumplimiento del Registro Horario:
Motivo | Descripción | Sanción |
Registro de horas no realizado | Omitir las condiciones de ejecución principales de la prestación laboral. | De 60€ a 625€ |
Registro de horas no realizado | Incumplimiento de requisitos formales o documentales. | De 60€ a 625€ |
Registro de horas no realizado | Superar los límites legales o pactados en el convenio colectivo en materia de horas trabajadas. | De 625€ a 6.250€ |
No tramitar las horas extras realizadas a los Representantes Legales de los Trabajadores | Omisión de información a los Representantes Legales de los trabajadores. | De 625€ a 6.250€ |
Límite de horas extras superado | Superar los límites legales o pactados en la jornada laboral, trabajo nocturno, horas extraordinarias, vacaciones, permisos y/o descansos. | De 625€ a 6.250€ |
Horas extraordinarias no declaradas | No indicar la cantidad abonada en la nómina del empleado. | De 625€ a 6.250€ |
Horas extraordinarias no declaradas | Asignar condiciones de trabajo inferiores a las establecidas por ley o en convenio colectivo. | De 625€ a 6.250€ |
Horas extraordinarias no declaradas | Impago o retraso reiterado en el pago del salario. | De 6.251€ a 187.515€ |
Gestión indebida de las horas extras | Aumento indebido de prestaciones. | De 6.251€ a 187.515€ |
FUENTE: ARTÍCULO 40 ( https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2000-15060)